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El Derecho a Huelga, por Antonio Romero.


“EL DERECHO A HUELGA COSTÓ AÑOS DE CÁRCEL Y RÍOS DE SANGRE AL MOVIMIENTO OBRERO”

“EL DERECHO A LA HUELGA EN LA CONSTITUCIÓN Y EN LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS”

“EL PP Y LA PATRONAL QUIEREN CARGARSE EL DERECHO A LA HUELGA EN ESPAÑA”

“CERCA DE 200 SINDICALISTAS ESTÁ PROCESADOS POR PARTICIPAR EN PIQUETES, UNA REFLEXIÓN INTOLERABLE AL DERECHO DE HUELGA”


El artículo 28 de la CE, sección 1.ª De los derechos fundamentales y de las libertades públicas:

“1. Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a formar organizaciones sindicales internacionales o a afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato. 2. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad”

Este precepto recoge los dos derechos de autotutela de los que disponen los trabajadores en el Estado social para defender sus intereses de parte más débil frente a la parte económicamente más fuerte, es decir, los empleadores. Es obvia, por lo demás, su conexión con el artículo 7 CE que “reconoce a los sindicatos centralidad en las relaciones laborales y, en general, en la vida económica y social” 

La constitución de la II República de 1931 reconoce en el artículo 39 el derecho a la huelga proclamándola junto con el derecho de asociación y exigiendo la inscripción de los sindicatos en el registro correspondiente. En 1978 la primera vez que una Constitución española proclama el derecho de huelga tal y comos refleja en el art.28 que hemos reproducido previamente. 

En el Derecho internacional la libertad sindical adquiere definitiva carta de naturaleza con el artículo 23.4 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 1948, donde se reconoce el derecho de fundar sindicatos y a sindicarse.

Parecida proclamación hallamos en el artículo 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, de 19 de diciembre de 1966, y mucho más extensa en el artículo 8 del Pacto Internacional de Derechos Sociales, Económicos y Culturales, de 19 de diciembre de 1966. En Europa, el artículo 11.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, de 4 de noviembre de 1950 también recoge los derechos a fundar sindicatos y a afiliarse, así como el artículo 5 de la Carta Social Europea, de 18 de octubre de 1961. 

En octubre de 1934, instaurada ya la II República, el Gobierno conservador recortó las mejoras sociales conseguidas en la anterior legislatura, y el desencanto popular se tradujo en una huelga general. 

Asturias fue la provincia que más respondió a la convocatoria, donde la Alianza Obrera (UGT y CNT) se hizo con el control y se creó una situación revolucionaria, de ahí que haya pasado a la historia como la 'Revolución de Asturias'. El Gobierno respondió con el envío de la Legión para disolver a los setenta mil mineros que se habían adueñado de la cuenca minera. Otro punto conflictivo fue Cataluña, donde se llegó a proclamar la independencia, y la brutal represión causó la muerte de 45 personas.

El franquismo prohibió radicalmente estos derechos asesinando trabajadores y encarcelando dirigentes sindicales recordemos, asesinato sen Vitoria, proceso 1001, asesinato de albañiles en Granada, asesinatos en Cataluña, ….

En la Transición se aprueba este decreto, aún en vigor, que contempla las relaciones laborales y el ejercicio del derecho de huelga. Del mismo eran excluidas las fuerzas armadas y los cuerpos sometidos a la disciplina militar. En esta misma línea, la Organización Internacional del Trabajo –OIT- considera el derecho a la huelga fundamental y legítima del que dispone los ciudadanos y trabajadores a través del movimiento sindical.

La pugna de la derecha nacionalista, española y la CEOE, la patronal, ha sido fijar unos servicios esenciales tan altos que eliminen en la práctica el derecho de huelga incluso limitarlas a lo laboral para que no haya huelgas de carácter político. Entorno a 200 sindicalistas está procesados por participar en piquetes, una reflexión intolerable al derecho de huelga.

Hay varias sentencias del Tribunal Constitucional que sitúan por encima de los servicios mínimos el derecho a huelga. 

La primera huelga reconocida tácitamente tuvo lugar en el antiguo Egipto. Ocurrió en el Valle de los Reyes, en el siglo XII a. C. Los obreros y artesanos que edificaban la tumba de Ramsés III soltaron las herramientas y fueron al templo donde se acopiaban las cosechas. Se les debía por cabeza, desde hacía tres semanas, cuatro sacos de trigo y uno y medio de cebada

La huelga está asociada a la mejora de las demandas de trabajo, al movimiento sindical y a la expansión del sindicalismo internacional. A la lucha de clases. Su origen se remonta la Revolución Francesa 1789 y con la Revolución Industrial se generaliza el trabajo salarial a principios del XVIII, en Inglaterra y tiene un desarrollo teórico en el manifiesto comunista de Carlos Marx.

La primera, en 1855

La primera huelga general en España tuvo lugar en Cataluña en julio de 1855, siendo ésta una de las primeras que se llevaron a cabo en Europa. Los trabajadores reivindicaban mejoras salariales y el derecho a la asociación obrera. En años anteriores la mayoría de las huelgas se producían en la industria, sobre todo en la textil.

La primera huelga general de 24 horas que se hizo en España se celebró en el año 1985 durante el Gobierno de Felipe González por la ley de Pensiones. La segunda, en 1988 cuando también gobernaba Felipe González aunque, en esta ocasión, los trabajadores pedían la retirada del plan de empleo juvenil. En 1994 y debido a la reforma laboral, se convocó la última huelga general durante el mandato de González.

En el año 2002, con José María Aznar ya en el Gobierno, CC.OO. y UGT convocaron un paro general llevado para protestar por las medidas de reforma de la protección por desempleo y de la Ley Básica de Empleo aprobadas por el Ejecutivo 'popular'.

La cuarta huelga a un Gobierno socialista tuvo lugar el 29 de septiembre de 2010, con José Luis Rodríguez Zapatero de presidente. Los sindicatos protestaron por la reforma laboral y las políticas de ajuste del Ejecutivo del PSOE. Fue la primera de la actual crisis y se centro en la reforma laboral.

IZQUIERDA UNIDA apoya la jornada de movilizaciones sindicales mundial del día 18 en defensa de un derecho que no podemos permitir que sea encorsetado y reducido por el PP y la derecha nacionalista.

Marcelino Camacho el líder sindical más destacado e importante de la historia de España decía:

“El derecho a huelga se conquista haciendo huelga”.

Antonio Romero Ruiz.
Ex parlamentario andaluz de IU LV-CA.
Coordinador de la Red de Municipios por la III República.







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