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¿Qué futuro tendrían los Borbones con la Constitución de Cádiz de 1812?

Constitución de Cádiz
El 19 de marzo de 1812 las Cortes de Cádiz promulgaron la primera Constitución de la monarquía española. La Constitución gaditana, conocida popularmente como "la Pepa", fue una de las más liberales de su tiempo, los españoles, en parte, dejaron de ser súbditos para convertirse en ciudadanos soberanos. 







El art. 1 declaraba que: «La Nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios». El art. 2 señalaba que: «La Nación española es libre e independiente, y no es, ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona». Mientras que el art. 3 indicaba que: «La roberanía reside esencialmente en la Nación, y por lo mismo pertenece a esta exclusivamente el derecho de establecer sus leyes fundamentales»

Monarquía controlada: sin huidas y sin cacerías a Botswana

En el art. 14 establece que «El Gobierno de la Nación española es una Monarquía moderada hereditaria», sin embargo, como ahora observaremos a continuación, la figura del rey estaba controlada desde las Cortes.

El art. 131 declara las facultades de las Cortes de Cádiz, entre las que destacan: «Resolver cualquier duda de hecho o de derecho, que se ocurra en orden a la sucesión de la Corona» y «Elegir Regencia o Regente del reino, cuando lo previene la Constitución, y señalar las limitaciones con que la Regencia o el Regente han de ejercer la autoridad real»

El art. 168 establecía que «La persona del Rey es sagrada e inviolable, y no está sujeta a responsabilidad». Además, como dato curioso, señala que: «No puede el Rey ausentarse del reino sin consentimiento de las Cortes; y si lo hiciere, se entiende que ha abdicado la Corona». Por otra parte, establece que: «No puede el Rey ceder ni enajenar los bienes nacionales sin consentimiento de las Cortes». También señala que: «No puede el rey privar a ningún individuo de su libertad, ni imponerle por sí pena alguna»

Potestad para excluir de la sucesión y perder la Corona

Volviendo a la pregunta que lleva el título de este artículo: ¿Qué futuro tendrían los Borbones con la Constitución de Cádiz?.

La respuesta la encontramos en el art. 181, que resulta de plena actualidad: «Las Cortes deberán excluir de la sucesión aquella persona o personas que sean incapaces para gobernar, o hayan hecho cosa por que merezcan perder la Corona» ¡Viva La Pepa!

Fernando VII traiciona la Constitución de Cádiz

Demasiados derechos para los ciudadanos, por lo que el 4 de mayo de 1814 el rey felón, Fernando VII, firmó un decreto de supresión de la Constitución de Cádiz, y la legislación de las Cortes, restaurando el absolutismo entre 1814 y 1820. Motivo por el cual el general Rafael de Riego se alzó contra el tirano el 1 de enero de 1820 en Las Cabezas de San Juan (Sevilla) obligando al rey felón a jurar lealtad a la Constitución de Cádiz, lo que sucedió el 10 de marzo de 1820.

Sin embargo, en 1823 el rey Fernando VII trajo a los «Cien Mil Hijos de San Luis» bajo los auspicios de la Santa Alianza y restableció la monarquía absoluta en España. 

Como conclusión, podemos decir que pese a ser un gran avance democrático de la época, las Cortes gaditanas de 1812, no llegaron a alcanzar las cotas de derechos y libertades logrados por la Constitución de la República española de 1931.

Equipo de redacción de Eco Republicano



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