El magistrado Adolfo Carretero, titular del Juzgado de Instrucción nº 47 de Madrid, ha acordado en el día de ayer el archivo provisional de la causa abierta contra el actor y periodista Dani Mateo por sonarse la nariz con la bandera de España.
Tras la solicitud por parte de la Ficalía que defendía el sobreseer la causa por el interés general y de la sociedad, el juez ha considerado que no existen pruebas suficientes para imputarle un delito de odio ni de ultraje a la bandera “conforme al principio de intervención mínima del Derecho Penal y la amplia libertad de expresión que viene tutelando el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo”. "al no estar suficientemente acreditado el ánimo de ultraje" añade.
Así mismo, el magistrado manifiesta que, en su opinión, sonarse los mocos y tirar al suelo la bandera es un acto denigratorio aún realizado en un contexto humorístico. No obstante para el magistrado "se trata de una actuación humorística en un medio público y ante numerosísima audiencia, muy desafortunada y provocadora" asevera.
Equipo de redacción de Eco Republicano.