Según informa la Cadena Ser, la Audiencia Nacional dicta este jueves una sentencia sobre el caso de la pelea en un bar de Alsasua revisando el fallo sobre la agresión de ocho jóvenes a dos guardias civiles y sus parejas en 2016.
El Tribunal matiza las dos sentencias anteriores considerando que no encuentra delito de terrorismo, en contra de la petición por parte de la Fiscalía, no obstante, ratifica el agravante por discriminación ideológica tal como se contempló en la primera instancia.
De este modo, el Tribunal ratifica las condenas de dos y trece años de cárcel para los encausados, reduciendo la condena para uno de ellos, Iñaki Abad, en tres años al advertir que el encausado hubo cometido dos y no tres delitos de lesiones.
El Tribunal se ha fundamentado en dos sentencias anteriores del Tribunal Supremo a la hora de contemplar el agravante de discriminación ideológica; la sentencia que condenó el ataque de un grupo de ultraderecha a la delegación de la Generalitat de Catalunya en Madrid en el año 2013 y ,así mismo, el asesinato de un simpatizante abertzale a manos de un policía nacional en Pamplona sucedido en el año 2011.
Equipo de redacción de Eco Republicano.