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El TJUE da la razón a Vàltonyc: España no aplicó la legislación adecuada para solicitar su extradición

El TJUE da la razón a Vàltonyc: España no aplicó la legislación adecuada para solicitar su extradición


Este martes el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dado la razón al cantante de rap Josep Miquel Arena (Vàltonyc) en cuanto a que España no debió aplicar de manera retroactiva la ley penal española de 2015 para solicitar su extradición a la Justicia belga, sino la de 2012, fecha en la que tuvieron lugar los hechos por los que fue condenado y que implica una menor condena, en un principio insuficiente para ser entregado de manera automática por Bélgica.


Desde el Alto Tribunal europeo se ha señalado que la autoridad judicial de ejecución deberá atender la legislación española "en su versión aplicable a los hechos que dieron lugar al asunto" por el que se dictó la euroorden contra Valtònyc "y no en su versión vigente en el momento de la emisión de dicha orden de detención". 

A pesar de esa premisa, el fallo  subraya  el hecho de que aunque el delito en cuestión no permite la extradición de Valtònyc sin control de la doble tipificación de los hechos "no significa que deba denegarse la ejecución de la orden de detención europea", sino que le corresponderá a la Justicia belga (que ya denegó su extradición en primera instancia) valorar el criterio de doble tipificación y acceder así a su extradición.

Equipo de redacción de Eco Republicano.

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