La Audiencia Provincial de A Coruña revoca las medidas cautelares de primera instancia y, por tanto, ordena al Estado a devolver esos casi 700 bienes del Pazo y a indemnizar a la familia Franco por su incautación. El tribunal recuerda que el Estado solo reclamó el derecho de propiedad sobre una parcela catastral, no sobre los enseres del interior.
La Audiencia Provincial de A Coruña ha dejado sin efecto este martes el auto de medidas cautelares del Juzgado de Primera Instancia número 1, que ordenaba depositar a favor del Estado todos los muebles y elementos accesorios del Pazo de Meirás, y condena a la Administración a indemnizar a la familia Franco por los daños ocasionados. Contra esta resolución no cabe recurso, según informa RTVE.
La sección tercera de la Audiencia estima de esta forma el recurso interpuesto por los herederos del dictador Francisco Franco, pues en la ejecución provisional de la sentencia que otorga la titularidad del pazo al Estado «no procede la discusión sobre a quién le pertenece el mobiliario, pues la Administración no lo reclamó en su demanda inicial».
En todo caso, explica el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, los jueces dejan abierta la posibilidad de que la Administración pueda demandar en otro pleito la titularidad de los muebles que considere propiedad de Patrimonio Nacional asignado al uso del jefe del Estado.
En el programa que conduce Jesús Cintora en la televisión pública, Las Cosas Claras, han querido detallar a groso modo los bienes que el Estado deberá devolver a la familia del dictador Franco.
🤔 ¿Qué bienes tendría el Estado que devolver a la familia Franco?
— Las Cosas Claras (@cosasclarastve) April 20, 2021
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Equipo de redacción de Eco Republicano.